Persona física o jurídica a favor de quien los fiduciarios administran los bienes dados en fideicomiso, según el artículo 40 de la Ley 189-11. El fideicomisario es el destinatario final de los bienes, y el beneficiario puede ser designado para recibir beneficios de la administración fiduciaria. Pueden ser la misma persona o diferentes, según el acto constitutivo del fideicomiso.