Selección que debe hacer el juez de atención permanente considerando la naturaleza del caso, el derecho involucrado, la necesidad urgente del solicitante y la actuación inmediata de la autoridad judicial conforme al artículo 22.
Selección que debe hacer el juez de atención permanente considerando la naturaleza del caso, el derecho involucrado, la necesidad urgente del solicitante y la actuación inmediata de la autoridad judicial conforme al artículo 22.