Función social ejercida con la protección y asistencia del Estado, quien debe velar por el cumplimiento de normas de derecho laboral para el bienestar humano y la justicia social.

  1. A domicilio: Trabajo realizado por los trabajadores en su hogar o en un local distinto al del empleador.
  2. De campo: Actividades realizadas por el profesional en el terreno durante un acto de levantamiento parcelario o división de condominio.
  3. De gabinete: Actividades realizadas por el profesional en su oficina, incluyendo procesamiento de datos, cálculos y dibujo de planos.
  4. Doméstico: Trabajo realizado en un hogar u hogares, sin implicar lucro o negocio para el empleador.