1. De condominio: Unidad resultante de la afectación de una parcela al régimen de condominio, aprobada y registrada en la Dirección Regional de Mensura Catastrales y en el Registro de Títulos correspondientes. Incluye unidades generadas antes de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, registradas y sustentadas en Constancias Anotadas.
  2. Funcional: Conjunto de sectores propios y comunes vinculados física o jurídicamente, que pueden ser objeto de un derecho de condominio. Comprende sectores propios y comunes de uso exclusivo. Registrada en el Registro de Títulos, se transforma en subparcela o unidad de condominio.
  3. Objeto de registro: Elemento que puede ser registrado, sobre el cual recaen derechos reales registrables. Incluye la parcela, la unidad de condominio y la porción de parcela.